Baja por incapacidad temporal

Baja por incapacidad temporal, ¿qué debes saber?

Si se presentan problemas de salud que impidan trabajar, es habitual pedir la baja por incapacidad temporal. Quizás esto de la baja suene familiar. Sin embargo, existe gran número de aspectos que son desconocidos. Por ejemplo, saber cuál es el salario que se tiene en el periodo de una baja, cuál es el tiempo máximo que se puede estar en esta situación o en qué momento se da el alta.

¿Qué es la baja por incapacidad temporal?

Lo primero que hay que saber es qué es la incapacidad temporal, entendiendo como tal a la situación que se presenta en el momento que una persona no puede realizar correctamente su trabajo, debido a alguna enfermedad o lesión que se lo impida. Se dice que es temporal porque lo habitual es que el trabajador pueda incorporarse a su puesto tras un corto periodo tras haber sido tratado por un especialista. Las enfermedades profesionales y las comunes, así como los accidentes de trabajo o aquellos que no son laborales, suelen ser las causas por las que se produce ese estado de incapacidad temporal.

¿Quién puede solicitar esta baja?

En realidad, cualquier trabajador puede solicitarla, incluyendo las personas en régimen de autónomo. Sin embargo, hay que tener en cuenta algunos detalles.

Por enfermedad común

Hay que haber cotizado durante un periodo de 180 días dentro de los 5 años anteriores al momento de la solicitud de baja.

Por enfermedad profesional o accidente

En este caso, no se obliga a tener un periodo de cotización anterior a la solicitud de baja.

¿Cuánto se cobra en este estado?

Para conocer cuánto se cobra estando en esta situación hay que saber diferenciar qué tipo de baja se ha pedido. Es decir, si es una baja por contingencia común o por otro tipo de causa. En cualquiera de los dos casos, para conocer con exactitud cuánto se percibe hay que basarse en dos variables: el porcentaje de aplicación y la base reguladora. En este sentido, hay que saber que, cuando se habla de contingencias comunes, eso significa que el trabajador estará de baja debido a un accidente o una enfermedad no laboral, por lo que debe recibir asistencia médica del Sistema Público de Salud.

peculiaridades para solicitar la incapacidad laboral
Cualquier trabajador puede solicitar la baja por incapacidad laboral pero atendiendo a la causa que la motiva

Accidente no laboral o enfermedad común

En esta situación, para conocer cuánto se cobraría estando de baja por este motivo se determina la base reguladora haciendo uso de la cotización por contingencias comunes dadas en el mes anterior a la petición de la baja. El porcentaje que se cobra de esta base reguladora es del 60 % desde el cuarto día hasta el día veinte, ambos incluidos. A partir del día veintiuno que se esté de baja por estas causas, el porcentaje aumenta hasta el 75 % de la base reguladora.

Enfermedad profesional o accidente de trabajo

En este caso, para pedir la baja y saber cuánto se cobraría hay que sumar dos variables. Por un lado, la base de contingencias profesionales del mes anterior al que se ha pedido baja, sin incluir las horas extraordinarias. En segundo lugar, la cotización de todas esas horas extraordinarias del año natural anterior. Desde el primer día de baja, el trabajador percibe el 75 % de la base reguladora.

¿Existe la baja por enfermedad para autónomos?

Aquellas personas que trabajan dentro del régimen de autónomos sí tienen el derecho a recibir una prestación si padecen una enfermedad o tienen un accidente, si bien es cierto que los requisitos son diferentes. Por ello es importante conocer todos los detalles.

Requisitos de un autónomo para obtener la baja de incapacidad temporal

Para que un trabajador autónomo pueda tener esta baja, lo primero que debe hacer es estar inscrito en el régimen especial de trabajadores autónomos. También ha de estar al corriente del pago de todas las cuotas y, en caso contrario, contará con un periodo de 30 días para realizar los pagos pendientes siempre que sea por enfermedad común. En el caso de que sea por enfermedad profesional o accidente de trabajo, este último requisito no es obligatorio. Al igual que ocurre con los trabajadores que no se encuentran en este régimen, si un autónomo tiene una enfermedad común, para poder darse de baja debe haber cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores.

Esto no es obligatorio cuando se trata de enfermedad profesional o accidente laboral. En cuanto a la cuantía percibida, también es idéntica a las que obtienen los trabajadores no autónomos, dependiendo si es enfermedad común o profesional. Con respecto a las principales diferencias de los autónomos en relación a la baja por incapacidad temporal, hay que decir que estos trabajadores deben seguir pagando su cuota de profesionales y que cuentan con un plazo máximo de un año en el que pueden estar de baja. Si la enfermedad persiste, el plazo se prorroga seis meses. Esta es la información relativa a la baja por incapacidad temporal en todos los casos. De cualquier forma, cada situación particular dependerá del especialista que la trate para expedir los certificados correspondientes.