Tienes un hijo y quieres dedicarte a su cuidado a tiempo completo pero sin perder tu empleo, ¿qué puedes hacer? La excedencia por cuidado de hijos es la solución para conservar tu trabajo y poder atenderlos.
La excedencia es un derecho que tienen los trabajadores para dejar su trabajo de forma temporal y voluntaria. De esta forma, el empleado deja de percibir un salario pero mantiene la relación laboral con la empresa.
Una excedencia voluntaria no garantiza de forma absoluta la readmisión, pero sí da prioridad en el proceso de selección. Sin embargo, en la excedencia por cuidado de hijos esto es diferente. El trabajador tiene asegurado volver a su puesto o uno equivalente dentro de la empresa.
¿Quién tiene derecho a solicitar una excedencia por cuidado de hijos?
En primer lugar, debes saber que este tipo de excedencias están reguladas en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores. Esta normativa contempla que todo trabajador independientemente de su sexo, con un hijo menor de tres años, tiene derecho a solicitarla.
Cuando habla de tener un hijo, también se tienen en cuenta los supuestos de adopción o acogida de un menor. Pero siempre que este no supere la edad indicada.
Por lo tanto, cualquier padre o madre con un hijo menor de tres años tiene el derecho de solicitar una excedencia para su cuidado.
También es importante destacar que cada hijo da derecho a ampliar el periodo de inactividad. Por ejemplo, María pidió una excedencia de un año cuando su hijo Pablo tenía dos. Por lo tanto, al cumplir tres años ella debe volver a su empresa. Sin embargo, si tiene otro hijo menor, podría solicitarla de nuevo hasta que este alcance la edad indicada.
Supuestos que contemplan que la empresa no acepte la excedencia
La excedencia por cuidado de hijos es una decisión unilateral del trabajador. Por lo tanto, la empresa está obligada a aceptarla. Aunque deben cumplir los requisitos anteriormente mencionados.
Sin embargo, existe un supuesto en el que podrían negarla: cuando ambos progenitores trabajasen en la misma empresa. En este caso, la organización podría limitar el derecho a uno de ellos.
Si la compañía se niega a facilitarte la excedencia o te despide por este motivo deberás acudir a la vía judicial para que defiendan tus derechos como trabajador.
Trámites para la solicitud
Por lo tanto, para solicitarla es necesario informar a la empresa. Aunque no es obligatorio hacerlo por escrito, es conveniente. Asimismo, esto depende de los convenios colectivos.
De forma general, deberás indicar el nombre del hijo por el que se solicita la excedencia. Así como la fecha de nacimiento y el periodo de inactividad que solicita.
Continúa la relación laboral, se rompe o se paraliza, ¿qué puede sucederme cuando estoy en periodo de excedencia?
En primer lugar, debemos aclarar que cuando se está disfrutando de una excedencia la relación laboral entre el trabajador y la empresa queda en suspensión. Es decir, ni el primero tiene que presentar sus servicios, ni el segundo remunerarlos.
Pero esto tiene algunas consecuencias beneficiosas para el trabajador. Ya que durante el tiempo de excedencia continuará sumando antigüedad en la empresa. Asimismo, también tendrá derecho a realizar los cursos de formación que se realicen en su lugar de trabajo.
En definitiva, la relación laboral no se rompe. Simplemente ambas partes paralizan sus obligaciones con el otro. Salvo las que hemos mencionado en las líneas anteriores.
Por otra parte, puede preocuparte que solicitar una excedencia suponga un perjuicio para tu carrera laboral. Porque la empresa pueda tomarlo como un ataque a su negocio y decida despedirte cuando estás disfrutando de tu derecho.
Tranquilo, esto no es posible. La ley ampara al trabajador. Por lo tanto, si se diese este caso, el despido sería nulo y tendrían que readmitirte. De lo contrario, tendrías que recurrir a la vía judicial para que la empresa se responsabilice.
Eso sí, debes demostrar que el motivo que ha impulsado al despido ha sido la excedencia y no otras cuestiones. Sino la empresa sí que podría prescindir del trabajador en periodo de excedencia por cuidado de hijos.
¿Tengo derecho a paro? ¿Puedo recibir otras prestaciones?
Mientras se disfruta de una excedencia por cuidado de hijos no es posible percibir la prestación por desempleo. Ya que el trabajador no ha perdido su empleo de forma involuntaria.
Sin embargo, tras su reincorporación o posteriormente pierde su trabajo, sí podrá solicitarlo. Pero teniendo en cuenta que el tiempo de inactividad no será contabilizado, para no actuar en perjuicio del trabajador.
Por lo tanto, se tendrán en cuenta para calcular el subsidio por desempleo las bases de cotización anteriores a la excedencia.
En este mismo sentido, la empresa deja de cotizar por el trabajador. Aunque este se encuentra en una situación similar a una incapacidad, jubilación o maternidad y paternidad, por ejemplo.
Por lo tanto, no está dado de alta en la Seguridad Social, pero a efectos de pedir prestaciones es como si lo estuviera. Por ejemplo, tendrá garantizada la asistencia sanitaria durante el periodo que se extienda su excedencia por cuidado de hijos.
El derecho a volver: ¿cómo solicitar la reincorporación tras la excedencia por cuidado de hijos?
El trabajador no tiene la obligación de avisar a la empresa de cuando quiere reincorporarse, pero es recomendable. Además, si lo hace por escrito y con 15 días de antelación quedará constancia de su voluntad de volver a la compañía.
Asimismo, esto servirá para que la empresa pueda adaptarse, ajustar su organización y encontrar hueco para la reincorporación. De lo contrario, podría suponer problemas para reajustar sin previo aviso. Del mismo modo, es recomendable revisar el Convenio Colectivo por si se establece algún requisito para volver a trabajar.
Otra cuestión a tener en cuenta, es que el trabajador no tiene derecho a la parte proporcional de vacaciones ni pagas extra por el tiempo que ha estado ausente. La cuenta estará a cero cuando vuelva y comenzará a contar a partir de ahí.
Si te estás preguntando si puedes volver al mismo puesto que desempeñabas, tenemos respuesta. Si la excedencia dura un año o menos, se reserva exactamente el mismo puesto. Esto se amplía en caso de ser familia numerosa, pudiendo guardarse entre 15 y 18 meses.
Por otra parte, después del primer año, el trabajador tendrá derecho a volver a un puesto de trabajo de su mismo grupo profesional o categoría equivalente. En cualquiera de los casos, y a diferencia de la excedencia voluntaria, el trabajador tiene asegurada su vuelta a la empresa.
En conclusión, si necesitas tiempo para atender a tus hijos, la excedencia por cuidado de hijos puede ser una opción para ti. Recuerda solicitarla por escrito, revisar el Convenio Colectivo y avisar de tu reincorporación.
De esta forma, tanto la empresa como tú mismo garantizaréis una buena organización. Sin perjudicar a ninguna de las partes.
¡Si quieres disfrutar de tus hijos, es posible!