Área de calidad

Preguntas frecuentes (FAQs)

Estas son las preguntas más frecuentes que nos hacen los alumnos. Si lo deseas, también puedes realizar tu propia consulta.

Títulos Oficiales y Títulos Propios

Los másteres oficiales están regulados por la ANECA, entidad dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Es decir, tienen carácter oficial en todo el territorio nacional y en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Para poder cursar un máster oficial es necesario estar en posesión de un título universitario oficial (Licenciatura, Diplomatura o Grado). Los masters oficiales están más enfocados al mundo académico, suelen dirigirse a perfiles interesados en la investigación y son un requisito previo para cursar un Doctorado, tal y como contempla el Plan Bolonia.

Además, deben ser impartidos por docentes universitarios. Los másteres propios, también conocidos como masters profesionales, son programas de formación adicional no reglada que ofrecen una especialización de carácter profesional en distintas áreas de conocimiento acorde a las demandas que propugna el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Están concebidos para que el alumno maximice sus oportunidades en el mercado laboral, facilitando su inserción.

Si, los másteres oficiales están acreditados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), esto implica que están homologados en los 47 países miembros del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Asimismo, en el ámbito de la empresa privada los dos títulos, oficiales y propios, son igual de válidos

Cada máster universitario conlleva la obtención de créditos ECTS: European Credit Transfer System, que corresponden a las horas de trabajo del alumno. Es decir, un máster de 600 horas otorga 60 créditos ECTS. En nuestra oferta, todos los masters con acreditación universitaria, sean oficiales o propios, tienen créditos ECTS reconocidos.

Generalmente, a la hora de presentarte a una oposición o concurso a la Administración Pública, los masters oficiales puntúan más, ya que se catalogan como formación postgrado, mientras que los masters propios están considerados formación continua, por lo que puntúan menos. Ha de saber, sin embargo, que en cada oposición los estudios realizados bareman de manera diferente. Le recomendamos revisar las bases particulares de la oposición a la que se desea presentar y consultar ahí en qué grado es o no necesario que su postgrado sea o no oficial.

Formación Bonificada para Empresas

Sí, toda nuestra oferta formativa online y presencial puede ser bonificada a través de su empresa mediante el sistema de créditos de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae), antigua Fundación Tripartita. Tanto nuestra plataforma e-learning como nuestros programas formativos cumplen los más estrictos requisitos en cuanto a densidad lectiva, interactividad, tutorización y calidad exigidos en el Real Decreto Ley 694/2017, de 3 de julio. Además, disponemos de un servicio de asesoramiento personalizado en caso de existir alguna conciliación o inspección en cualquiera de nuestros cursos.

Toda empresa que disponga de al menos un trabajador cotizando por el Régimen General de la Seguridad Social, aunque sea empresa de nueva creación, tiene derecho a bonificar total o parcialmente sus acciones formativas gracias al Crédito para la Formación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae).

El trabajador debe estar cotizando a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional. Debe contar, asimismo, con la autorización expresa por parte de la empresa. Tenga en cuenta que el crédito para la formación es para todos los trabajadores de la empresa y es la propia empresa la que decide cómo repartirlo entre los mismos.

Nuestro equipo de asesores puede realizar la consulta directamenta a Fundae sin compromiso. Solo necesitamos la autorización por parte de su empresa. Para ello debe enviarnos debidamente cumplimentado, firmado y sellado el Documento de Adhesión. Una vez recibido, podremos realizar la consulta sin coste ni compromiso alguno.

Dado que no cotizan en concepto de Formación Profesional, los trabajadores autónomos no disponen de crédito para realizar formación bonificada. Sin embargo, si usted tiene trabajadores a cuenta ajena, éstos sí tienen derecho al crédito para participar en la formación programada para empresas. No obstante, podemos facilitarle gratuitamente su formación becándole, si junto a ésta hay un proyecto de formación de empleados.