A muchos la situación actual empieza a recordarles a la crisis económica de 2008. La sensación de incertidumbre se cuela por todos los rincones. Pero sobre todo, los datos de personas paradas avalan estos sentimientos. Justo ahora, mientras escribimos este artículo, hay 3.773.034 personas sin trabajo. Si esta es tu situación, esto te interesa: hoy hablaremos sobre la prestación por desempleo.
La prestación por desempleo es una ayuda que ofrece el Estado a las personas que han perdido su trabajo. Eso sí, debe haber sido de forma involuntaria. Por ejemplo, la rescisión del contrato o la finalización del mismo. Igualmente, deberá dar fe de que se está realizando una búsqueda activa de otro puesto.
Esta ayuda es conocida coloquialmente como “paro”. Dado que tiene un carácter contributivo, para percibirla es necesario haber contribuido previamente. En base a la cotización del periodo trabajado se calculará la cuantía a recibir, además de otros factores como tener hijos a cargo, y su duración.
¿Qué significa estar en “situación legal de desempleo”?
El paro es un subsidio para desempleados, pero no cualquier persona sin trabajo puede beneficiarse de él. Hay múltiples factores que determinan si eres apto para recibir esta ayuda. Pero la principal es encontrarse en situación legal de desempleo. Esto significa que debes estar sin trabajo por una de estas razones:
- Despido (individual, colectivo, procedente, improcedente).
- Fin de un contrato (temporal o en periodo de prueba).
- Expediente de regulación del empleo (ERE).
- Incapacidad permanente total del empleado para la profesión.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
Así pues, si decides dejar tu trabajo voluntariamente, no estarías en situación legal de desempleo. Por lo tanto, no tendrías derecho a percibir el subsidio.
¿Quién puede solicitarla prestación por desempleo?
Como hemos mencionado, para solicitar el paro es fundamental encontrarse en situación de desempleo. Además, la persona solicitante debe estar dada de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
Asimismo, es necesario tener cotizados 360 días al menos dentro de los 6 años anteriores. Y, por supuesto, no haberlos consumido previamente.
Del mismo modo, es vital para percibir esta ayuda que el desempleado esté apuntado como demandante de empleo y haya suscrito su compromiso de actividad.
No obstante, no podrán recibir esta ayuda las personas que sobrepasen la edad de jubilación. Ni tampoco podrán trabajar por cuenta propia, aunque existen algunas excepciones contempladas en el programa de fomento del empleo.
En resumen, quedan excluidas aquellas personas que tienen un empleo. Así como los menores o jubilados. Del mismo modo, no tendrán acceso aquellos desempleados que no sean demandantes de empleo y suscriban el compromiso de actividad. Tampoco aquellos que no tengan la cotización suficiente, pero esos días serán acumulados.
Duración y cuantía del paro
En primer lugar, la duración de la prestación de desempleo depende de los días cotizados por el trabajador. Sin embargo, no podrá ser inferior a cuatro meses ni superior a dos años.
El trabajador podrá disfrutar de un mes de subsidio por cada cuatro meses trabajados. Aunque no podrá percibir la ayuda hasta no acumular los 360 días.
En relación con la cuantía, también depende de múltiples factores, aquí resumimos los más destacados:
- Cotización acumulada en los últimos 6 años
- Base de la cotización por accidente de trabajo, enfermedad profesional o desempleo de los últimos 180 días de ocupación.
- Si tiene o no hijos menores a su cargo.
- Retención a cuenta del IRPF.
Debemos tener en cuenta que los primeros seis meses, el importe a percibir será el 70% de la base reguladora del trabajador. Mientras que a partir del séptimo mes, se reducirá al 50%. Aunque debemos recordar que la ley establece un importe máximo y mínimo
No obstante, el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) ha puesto en marcha una plataforma que simula de forma aproximada la cuantía a percibir. Aunque no es vinculante ni exacta, puede servir para hacerse una idea.
Para solicitar esta prestación debes tener todas estas cuestiones en cuenta. Pero, sobre todo, recuerda que debes pedir la prestación por desempleo antes de 15 días hábiles desde la finalización de la actividad laboral.