En pleno siglo XXI, el riesgo de pobreza y la exclusión social son una realidad que todavía existe para muchas personas en la actualidad. Según el último informe realizado por At-Risk-Of Poverty and Exclusion (AROPE), en España hay casi 12 millones de personas en esta situación. Esto se traduce en que más del 25% de la población viven en hogares cuya renta está por debajo del umbral de pobreza.
Por esta razón, el Gobierno pone a su disposición prestaciones económicas para cubrir las necesidades básicas de aquellas personas o unidades familiares que carecen de recursos. Se trata de un método preventivo de la pobreza y la exclusión social dentro del territorio nacional. Enmarcado dentro de estas ayudas, encontremos el IMV. Hoy hablaremos de cómo solicitar el ingreso mínimo vital.
Riesgos derivados de la pobreza
La magnitud de esta problemática es mucho mayor de lo que abarca la idea de no tener dinero. La pobreza conlleva otros riesgos como la exclusión social, la falta de acceso a recursos básicos para cubrir las necesidades,…y, en muchas ocasiones, acaba derivando en delincuencia para la supervivencia.
Por lo tanto, el riesgo de pobreza, indudablemente, es una cuestión gubernamental. Esta debe tratarse desde los datos estadísticos, que permitan realizar un análisis exhaustivo de las causas de esta condición. Asimismo, debe estudiarse en profundidad las razones por las que algunas comunidades tienen una mayor exposición a situaciones de vulnerabilidad.
Es decir, además de fomentar las prestaciones para dar apoyo a estas personas o unidades familiares, es crucial detectar de dónde proviene el problema. De lo contrario, estaremos alimentando la problemática pero no solucionándola.
En España, la alta tasa de paro, las crisis económicas y ahora la pandemia son algunos factores que han aumentado esta situación. Por ello, las políticas para formar y fomentar la empleabilidad son una manera cortar este círculo y dar herramientas para que las personas más vulnerables puedan tener una vida digna.
Por este motivo, la formación bonificada puede ser una oportunidad para las empresas que quieren colaborar con el crecimiento de sus empleados. Ofrecerles formación les permitirá mejorar en sus puestos, pero también sentirse motivados y aumentar su confianza en sí mismos.
Mientras que para aquellos que no cuentan con un empleo, más del 50% de estos se encuentra en riesgo de pobreza, las prestaciones como el ingreso mínimo vital son un soplo de aire fresco. Pero que debería combinarse con políticas para mejorar sus capacidades y conseguir empleo.
Dudas sobre el ingreso mínimo vital
Como la mayoría de trámites administrativos, la solicitud del ingreso mínimo vital puede ser un proceso complejo si no se sabe bien por dónde empezar. A continuación vamos a tratar de explicarlo de un modo claro y sencillo, desde los requisitos hasta la duración o la cuantía.
¿Quién puede realizar la solicitud del ingreso mínimo vital?
Para ser beneficiarios de esta prestación se han establecido dos categorías: individual o unidad de convivencia.
Beneficiario individual
Debe tener más de 23 años y no recibir otras prestaciones incompatibles como la de incapacidad o jubilación. Además, si forma parte de una unidad de convivencia no pueden estar casadas, unidas como pareja de hecho o formar parte de otra unidad.
Asimismo, si la edad de los solicitantes está entre 23 y 29 años deber haber tenido “residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los tres años anteriores a la solicitud”. Se contemplan como excepciones de esta situación el abandono del hogar por violencia de género, separación o divorcio.
Por otra parte, si tienen más de 30 años deberán acreditar que su domicilio durante el año anterior a la solicitud de este subsidio ha sido distinto del de sus progenitores o tutores.
También se contemplan como beneficiarios los supuestos donde los solicitantes sean víctimas de violencia de género, de la trata de seres humanos o explotación sexual mayores de edad.
Beneficiarios como unidad de convivencia
Debe tenerse en cuenta que una unidad de convivencia es aquella que está compuesta por personas que viven en un mismo domicilio y cuentan con una relación de matrimonio o pareja de hecho. Además, se incluyen los familiares de hasta segundo grado que residan en el hogar.
En primer lugar, el titular del IMV debe ser una persona mayor de 23 años y con capacidad jurídica. Este individuo será quien percibirá la prestación para la unidad de convivencia.
Asimismo, se contemplan como posibles titulares “las personas mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente”. Siempre que estas cuenten con capacidad jurídica.
Requisitos para la solicitud del ingreso mínimo vital
Además de formar parte de uno de los grupos anteriores, es necesario cumplir con unos criterios económicos que avalen la situación de riesgo de pobreza y vulnerabilidad. Esto se traduce en que el promedio de ingresos mensuales y rentas anuales del ejercicio anterior no supere, al menos en 10 euros, al la cuantía mensual establecida en el IMV para su situación.
Es decir, los ingresos no podrán superar el supuesto IMV que se le otorgaría al beneficiario individual o unidad de convivencia. Aunque existen algunas ayudas y prestaciones que no contabilizarán en esta suma.
Por otra parte, es un requisito básico contar con la residencia en España en el momento que se presenta la solicitud del ingreso mínimo vital. Esto quiere decir que la unidad de convivencia debe tener la residencia legal y efectiva en el territorio español de forma continuada, como mínimo, desde el año anterior a la solicitud.
Determinación de la cuantía a percibir
La cuantía a percibir si se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital es variable según si estamos ante un beneficiario individual o una unidad de convivencia. Además, en este último supuesto hay diferentes factores que pueden aumentar la renta recibida.
Para una sola persona individual, en 2021, la renta mensual a percibir se sitúa en 469,93 euros. Mientras que para las unidades de convivencia se aumenta un 30% la cantidad por cada miembro adicional. Así pues, las cantidades fijadas para este año son las siguientes:
- Dos adultos: 610,91 euros.
- Dos adultos y un menor / tres adultos: 751,89 euros.
- Dos adultos y dos menores / tres adultos y un menor / cuatro adultos: 892,87 euros.
- Dos adultos y tres o más menores / tres adultos y dos o más menores / cuatro adultos y un menor: 1033,85 euros.
Además, las cifras anteriores se aumentarán un 22% más cuando se trate de unidades de convivencia monoparentales. En esta categoría, el rango de ingresos a recibir oscila entre los 714,30 euros hasta los 1137,24 euros.
En la página web de la Seguridad Social podemos encontrar una calculadora que simula el ingreso mínimo vital según los datos estimados que introduzcas. Es una herramienta para poder comprobar de forma aproximada la renta que a percibir en el caso de cumplir con los requisitos establecidos.
Solicitud del ingreso mínimo vital
Existe la posibilidad de acudir a las oficinas de la Seguridad Social para realizar la demanda del ingreso mínimo vital con cita previa. No obstante, se recomiendan las opciones telemáticas vía Internet o por correo ordinario. Estas son las que vamos a explicar a continuación.
Dentro de las tres formas no presenciales en las oficinas, la más tradicional es la que se realiza a través de correo ordinario. Debe cumplimentarse la solicitud junto con los documentos que se detallan en el PDF. Después solo habrá que enviarlo al centro de atención de la Seguridad Social (CAISS).
Luego tenemos dos opciones por la vía digital dependiendo de si tenemos certificado electrónico o no lo tenemos.
Con certificado electrónico o cl@ve
Este es el método más sencillo y rápido. Debemos dirigirnos a la sede electrónica de la Seguridad Social. En la parte inferior de la web encontramos estas opciones, que debemos clicar para que se nos abra el formulario para solicitar de ingreso mínimo vital. Al cumplimentarlo y adjuntar los documentos que requiere solo tendrá que enviar los datos. En ese momento recibirá un código donde podrá consultar el estado de su petición.
Sin certificado electrónico o cl@ve
El segundo método más fácil es entrando en el siguiente enlace que facilita la Seguridad Social. Encontraremos un botón donde indica solicitud de ingreso mínimo vital y al clicar encontraremos el formulario para introducir los datos. Igual que en las otras opciones es necesario añadir la documentación que requiere.